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Ley 21.719 — Nueva ley de protección de datos personales de Chile · Actualizado: julio de 2026
La Ley 21.719 es la nueva normativa chilena de protección de datos personales, alineada con el estándar del RGPD europeo. Entra en vigor en diciembre de 2026 y crea por primera vez una autoridad fiscalizadora — la Agencia de Protección de Datos Personales — con multas de hasta 20.000 UTM y un modelo de prevención de infracciones que actúa como atenuante.
A toda organización pública o privada que trate datos personales de personas en Chile, con independencia de su tamaño. Las empresas con matriz o filiales europeas ya conocen el modelo: la Ley 21.719 traslada a Chile los principios, derechos y obligaciones del estándar RGPD.
Consulte también el calendario de cumplimiento España–LATAM.
En diciembre de 2026, veinticuatro meses después de su publicación. Desde esa fecha la Agencia de Protección de Datos Personales puede fiscalizar y sancionar.
Multas de hasta 5.000 UTM para infracciones leves, 10.000 UTM para graves y 20.000 UTM para gravísimas, con posibilidad de duplicación en caso de reincidencia.
Un programa de cumplimiento (políticas, controles, responsable, canal, evidencia) que la propia ley reconoce: contar con uno certificado opera como atenuante de responsabilidad. Es el equivalente en datos al modelo de prevención de delitos.
En casi todo lo esencial: principios de licitud y minimización, derechos de los titulares, obligaciones de responsables y encargados, notificación de brechas y una autoridad con potestad sancionadora. Quien ya cumple RGPD tiene el 80% del camino hecho — y quien no, puede implantar ambos con el mismo sistema.