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Radar Regulatorio · España

La AIPI ya funciona: las 5 cosas que revisará en su canal de denuncias

27 de julio de 2026 · Por David Soler

De la teoría a la supervisión real

Desde su puesta en marcha, la AIPI no solo tramita denuncias externas: puede revisar si su canal interno cumple la Ley 2/2023. Estas son las cinco comprobaciones previsibles:

  1. ¿Existe y es accesible? Canal visible, con posibilidad de denuncia escrita, verbal y anónima.
  2. ¿Acusa recibo en 7 días? Con registro que lo demuestre, no de palabra.
  3. ¿Resuelve en 3 meses? Y si amplía a 6, ¿está motivado y documentado?
  4. ¿Protege la identidad? Cifrado, accesos restringidos y trazabilidad de quién consultó qué.
  5. ¿Hay responsable nombrado? El Responsable del Sistema Interno de Información, designado y comunicado.
Un buzón de correo no supera ninguna de las cinco. No porque la empresa actúe de mala fe — porque no puede demostrarlo.

Revise los requisitos completos en la guía de la Ley 2/2023 o mida su situación con la calculadora de exposición.

Guía completa relacionada: Ley 2/2023 (Canal de denuncias) →
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