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Gratuito · 1 hora · sale con sus obligaciones, sus brechas y su hoja de ruta
La norma ISO es internacional; la ley cambia en cada frontera. Un mismo sistema de gestión responde ante la Ley 20.393 en Chile, el art. 31 bis en España, la Ley 2195 en Colombia, la Ley 30424 en Perú y la Lei 12.846 en Brasil. Aquí está el mapa completo, norma por norma.
Certificarse no cumple la ley — la certificación acredita un sistema, y la autoridad valora la evidencia de que funcionaba. Lo que ahorra es tener un sistema por país.
DSA Nexus lo desarrolla y lo mantiene. El expediente de su organización es suyo — y se lo lleva entero cuando quiera.
Las autoridades competentes ya están constituidas y con potestad sancionadora: la AIPI para el canal interno, la AESIA para los sistemas de IA, la AEPD para protección de datos y la Dirección del Trabajo chilena para la Ley Karin.
Declaración UE de Conformidad por cada tipo de envase desde ago-2026, conservada 5 años si es de un solo uso y 10 si es reutilizable.
La AESIA sanciona desde ago-2026, hasta 35 M€ o el 7% de la facturación global.
La AIPI opera desde sep-2025 y ya sanciona canales de denuncia inexistentes o defectuosos.
Responsabilidad objetiva: multa de hasta el 20% de la facturación bruta sin necesidad de probar culpa. La CGU descarta los programas de papel.
Cada marco europeo encuentra su reflejo en LATAM con años de decalaje. La plataforma trae ambos regímenes mapeados — España, Ecuador, Colombia, Chile, Argentina, Bolivia, R. Dominicana, Perú, Brasil y México — para implantar una vez y cumplir en los dos continentes.
Cada solución agrupa los programas de un ámbito y se contrata por separado. Todas comparten el núcleo de expedientes y evidencias, de modo que la segunda se implanta sobre lo ya configurado. Pase el ratón por una.
El canal interno del art. 5 de la Ley 2/2023, el modelo penal del art. 31 bis CP y el inventario de sistemas de IA, sobre el mismo expediente.
La misma obligación no dice lo mismo en cada país. El canal interno lo impone la Ley 2/2023 en España y la Ley 21.643 en Chile; en Brasil no existe como obligación general. Un cuadro que pinta en rojo lo que no es exigible deja de mirarse a la segunda semana.
No es lo mismo responder de tu propio cumplimiento que responder del de diez clientes. La plataforma cubre las dos cosas, y el precio y el contrato cambian con ello.
Ver ocho casos por sector →Agentes con inferencia local y base documental aislada por sociedad, entrenados sobre sus procedimientos y la norma aplicable. Proponen y citan la fuente; la decisión queda registrada a nombre de una persona.
Conocer los agentes →Campañas por rol, país y norma, con evaluación y certificado individual verificable. Cubre el art. 4 del Reglamento (UE) 2024/1689 y el art. 19 de la Ley 31/1995.
Conocer la solución →Abogados, auditores, peritos, delegados de protección de datos, hacking ético y topógrafos homologados por DSA Nexus, con hoja de encargo firmada y entregables trazados en el expediente.
Conocer el marketplace →Ningún paso depende de que alguien se acuerde: los plazos legales los cuenta el sistema y cada actuación queda sellada.
Un expediente sancionador tiene efectos que no aparecen en el titular y que se prolongan durante años: sobre la contratación pública, sobre la responsabilidad de los administradores y sobre la posición de la empresa como proveedora de grandes clientes.
Lo que separa un requerimiento que se cierra en una semana de un procedimiento sancionador es la capacidad de aportar evidencia fechada de que el control existía y se ejecutaba.
Referencias informativas; no constituyen asesoramiento jurídico.
Cuatro respuestas que normalmente hay que arrancar en una llamada. Están aquí porque quien decide la compra casi nunca es quien hace la llamada.
Se empieza por un programa, no por todos: alta de sociedades, las obligaciones que le aplican, personas y responsables. Eso son semanas, no meses. Lo que marca el plazo no es la herramienta — es decidir quién responde de qué, y eso hay que decidirlo igual.
Se cargan. Los maestros —personas, centros, proveedores, riesgos— entran por importación, y el histórico documental se sube al repositorio conservando su fecha. Nada obliga a empezar de cero, y lo que no se migra sigue accesible hasta que sobre.
Los documentos van cifrados en reposo y cada acceso deja rastro: quién abrió qué y cuándo. El aislamiento entre sociedades no es una comprobación repetida en cada pantalla, sino una condición del propio almacén. DSA Nexus es encargado del tratamiento, con el contrato del art. 28 del RGPD firmado desde el primer día y la ubicación del alojamiento indicada por escrito.
Se lleva sus datos. Exportación completa de expedientes, evidencias y documentos en formatos abiertos, cuando quiera y sin pedir permiso. Un sistema que acredita cumplimiento no puede ser el que le secuestre la prueba.
Seis preguntas, respuesta honesta. Nadie más ve el resultado.
Cada respuesta negativa señala una obligación que hoy no podría acreditarse ante un requerimiento.
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